Las entidades de crédito ofrecen distintas fórmulas de financiación, siendo las más habituales los préstamos y los créditos. En el ámbito empresarial también son frecuentes otras operaciones como descuentos, avales, confirming, factoring o créditos de cobertura.
Un préstamo puede estar respaldado por dos tipos de garantía:
Garantía personal:
El prestatario responde con todo su patrimonio presente y futuro (responsabilidad patrimonial universal, recogida en el Código Civil).
También es personal la obligación del fiador, que en caso de pago podrá reclamar al prestatario lo abonado.
Garantía real:
Un bien concreto queda afecto al cumplimiento de la deuda.
Si no se paga, el acreedor puede vender ese bien para cobrarse.
Formas más habituales: hipoteca, prenda y anticresis (esta última en desuso).
Los préstamos personales, tanto de consumo como empresariales, suelen firmarse en pólizas bancarias, utilizando modelos normalizados de cada entidad.
Si el banco desea que el contrato tenga eficacia ejecutiva (facilitando un proceso judicial más rápido en caso de impago), se lleva a notaría.
Allí, el cliente firma la póliza ante el notario.
El notario explica previamente las condiciones del préstamo y las consecuencias de su impago, asegurando así la transparencia y validez del contrato.