Germanías 15

Poderes preventivos

¿QUÉ SON?

Poderes preventivos

Se otorgan pensando en el futuro, para el caso de que quien da el poder llegue a una situación de incapacidad (pérdida de facultades mentales o imposibilidad de gestionar su patrimonio).

Poder general

  • Se puede establecer que no entren en vigor hasta que aparezca la incapacidad.

  • También se puede añadir en un poder general la cláusula de que siga vigente aunque después el poderdante pierda capacidad.

Poder especial

  • Tras la Ley 8/2021 de apoyo a las personas con discapacidad, este tipo de poderes evita en muchos casos tener que nombrar un tutor o curador.

Consejo: es una herramienta útil para planificar y decidir de antemano quién quieres que gestione tus asuntos si llegas a necesitarlo.