Germanías 15

Expediente de Dominio

¿QUÉ ES?

Expediente de Dominio

En ocasiones, una persona es propietaria de una finca pero esta no aparece inscrita en el Registro de la Propiedad. Para inscribirla existen dos vías:

Opciones para la inscripción:

  1. Doble transmisión en documento público:
    Si una finca se transmite en escritura pública o sentencia dos veces, la segunda transmisión ya puede inscribirse.
    Ejemplo: heredo una finca no inscrita (la herencia no se inscribe), pero cuando la vendo, la compraventa sí puede inscribirse.

  2. Expediente de dominio:

    Si el propietario quiere inscribir la finca directamente a su nombre sin esperar a una nueva transmisión, debe tramitar un expediente de dominio.

    • Este procedimiento requiere aportar la documentación disponible, citar a los colindantes, publicar edictos para notificar a posibles interesados y, si todo es correcto, se inscribe la finca en el Registro a nombre del solicitante.

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Reanudación de tracto

  • Si la finca ya está inscrita, pero a nombre de un propietario anterior distinto de quien me transmitió la finca, será necesario un expediente de reanudación de tracto sucesivo para corregir la titularidad registral.

    Aspectos fiscales

    • Si la adquisición original ya pagó sus impuestos, el expediente no genera tributación adicional.

    • Si no se acredita el pago del impuesto en su momento, se liquida como una transmisión patrimonial, aplicando el 10%.