La Ley 5/2019, reguladora de los Créditos Inmobiliarios, en vigor desde el 16 de junio de 2019, introdujo importantes novedades en los préstamos hipotecarios.
Desaparición de las cláusulas suelo y techo
Se eliminan los intereses mínimos (cláusulas suelo) y máximos (cláusulas techo) que limitaban la variación de los tipos en hipotecas variables.
Comisiones por cancelación anticipada o amortización parcial
Préstamos a tipo fijo:
Hasta 10 primeros años → máximo 2%.
A partir del año 11 → máximo 1,5%.
En ningún caso podrán superar la pérdida financiera real para el banco.
Préstamos a tipo variable:
Opción 1 → Hasta 5 primeros años: pérdida financiera con tope del 0,15%.
Opción 2 → Hasta 3 primeros años: pérdida financiera con tope del 0,25%.
Subrogación de acreedor (cambio de banco):
Máx. 0,15% si se mantiene interés variable.
Máx. 0,05% si se pasa a tipo fijo.
Interés de demora unificado
Será siempre el interés ordinario + 3 puntos.
Ejemplo: si el tipo es 4%, el interés de demora será 7%.
Vencimiento anticipado
Antes los bancos podían reclamar tras 3 meses de impago.
Ahora:
Primera mitad del préstamo: 12 meses sin pagar o el 3% del capital.
Segunda mitad del préstamo: 15 meses o el 7% del capital.
Además, el banco debe conceder un último mes de gracia antes de declarar vencido el préstamo.
Acta notarial previa obligatoria
Antes de la firma, el cliente debe acudir al notario de su elección, sin presencia del banco.
El notario verifica que la entidad ha entregado toda la documentación exigida y explica al cliente las condiciones y consecuencias del préstamo.
Es el momento para resolver todas las dudas sin la presión de la compraventa.
Obligatorios (vinculados):
Cuenta en el banco para cargar las cuotas.
Seguro de daños (aunque puede contratarse con cualquier aseguradora).
Voluntarios (combinados):
Cuenta con ingresos y gastos mínimos.
Seguro de hogar, vida o salud.
Plan de pensiones o fondo de inversión.
Contratación de alarma, etc.
Muy importante: Los productos combinados son totalmente voluntarios. El banco puede ofrecer bonificaciones en el tipo de interés si los contratas, pero no puede obligarte a hacerlo ni condicionar la concesión del préstamo.