 
															La dación en pago es el documento por el cual un deudor de una obligación dineraria (préstamo, crédito, deuda comercial u otra) acuerda con su acreedor entregar uno o varios bienes a cambio de cancelar la deuda pendiente.
Es similar a una compraventa, pero con una diferencia importante:
El deudor transmite un bien (por ejemplo, una vivienda o un local).
El acreedor lo recibe y, en lugar de pagar un precio, compensa el valor con la deuda existente.
Al final:
El acreedor se convierte en propietario del bien.
El deudor recibe a cambio la carta de pago, es decir, la cancelación de la deuda.
A veces, los bancos no se quedan directamente con el inmueble, sino que lo transmiten a una sociedad de gestión de activos vinculada al propio banco.
En ese caso:
El deudor transmite el bien a la sociedad.
La sociedad se subroga en el préstamo.
El banco acepta esa subrogación y libera al deudor.
El efecto práctico es el mismo: el deudor queda liberado de la deuda.