Germanías 15

Testamentos

¿QUÉ SON?

Testamentos

El testamento es el acto mediante el cual una persona expresa cómo desea que se repartan sus bienes tras su fallecimiento.

Limitaciones legales: legítimas

En España no existe libertad absoluta para testar. Algunos familiares tienen derecho a una porción mínima de la herencia, llamada legítima.

  • Estas porciones y las personas que tienen derecho a ellas varían según la Comunidad Autónoma.

  • En la Comunidad Valenciana (Derecho Común):

    • Los hijos tienen derecho a 2/3 de la herencia:

      • 1/3: legítima estricta, repartida por partes iguales entre los hijos.

      • 1/3: legítima de mejora, que puede dejarse a uno o varios descendientes, incluso a nietos, no necesariamente a partes iguales.

    • Sobre la legítima de mejora, el cónyuge sobreviviente tiene derecho a usufructo de ese tercio.

    • La parte de libre disposición del testador suele ser solo 1/3.

  • Si no hay hijos pero sí padres:

    • Los padres reciben la mitad de la herencia.

    • La otra mitad es libre, salvo que exista cónyuge sobreviviente, que tendrá usufructo sobre la mitad.

  • Si no hay descendientes ni ascendientes:

    • El cónyuge sobreviviente tiene derecho al usufructo de 2/3 de la herencia.

Estas reglas indican la mínima parte que debe respetarse (legítimas), distinta de lo que se hereda si no hay testamento, que se regula por la ley.

Beneficios de hacer testamento

Se puede proteger más al cónyuge frente a los hijos, por ejemplo dejándole el usufructo de toda la herencia. Permite repartir los bienes según la voluntad del testador, mediante legados o lotes, respetando siempre las legítimas.

Se puede favorecer a hijos con discapacidad, dejando bienes completos a uno de ellos. Al fallecer este hijo, las legítimas de los otros vuelven a ellos o a sus herederos. Permite designar tutores para hijos menores o con discapacidad.

Flexibilidad: El testamento es una declaración de intenciones para el día del fallecimiento y se puede modificar todas las veces que se desee. Fiscalidad: Hacer testamento no genera impuestos. Heredar sí puede tener obligaciones fiscales.